Ayuda a mantener el foro
Glowupgamer
COMUNICADO DE UPEV Photor15
Lo más vendido del mercado
COMUNICADO DE UPEV Photor11
El canal de los Guerreros

Nuestro otro canal

OFERTAS SOURCEMORE
sourcemore
Últimos temas
» LÍQUIDOS MARCA ZOMO, busco en España
COMUNICADO DE UPEV EmptyVie Nov 10, 2023 4:27 am por Salma

» Estamos en TWITCH
COMUNICADO DE UPEV EmptyMiér Nov 01, 2023 3:26 am por Salma

» LUXE Q2 Y LUXE Q2 SE de Vaporesso ¿Y EL MARAQUEO?
COMUNICADO DE UPEV EmptyJue Sep 14, 2023 2:01 am por Tury vaper

» ARTIO DE OXVA y lo que NO me gusta
COMUNICADO DE UPEV EmptyJue Sep 07, 2023 11:29 am por Tury vaper

» Voopoo DRAG H40 EL MEJOR!!
COMUNICADO DE UPEV EmptyJue Sep 07, 2023 11:28 am por Tury vaper

» Vandy Vape PULSE III vuelven los BF #vandyvape
COMUNICADO DE UPEV EmptyJue Sep 07, 2023 11:28 am por Tury vaper

» Vaporesso LUXE X PRO ¿El mejor de todos los Luxe?
COMUNICADO DE UPEV EmptyJue Sep 07, 2023 11:27 am por Tury vaper

» Tastefog ASTRO
COMUNICADO DE UPEV EmptyJue Sep 07, 2023 11:27 am por Tury vaper

» AQ POD de Geekvape - Algo EXTRAÑO pasa aquí
COMUNICADO DE UPEV EmptyJue Sep 07, 2023 11:27 am por Tury vaper

» Tastefog TITAN
COMUNICADO DE UPEV EmptyJue Sep 07, 2023 11:26 am por Tury vaper

» Feelm max nuevo pod
COMUNICADO DE UPEV EmptyLun Mayo 29, 2023 11:05 am por Tury vaper

Grupo de facebook
siguenos en facebookSígueme en FacebookSígueme en FacebookSígueme en FacebookSígueme en Facebook
Twitch
Directos en Twitch
twitch

COMUNICADO DE UPEV

2 participantes

Ir abajo

COMUNICADO DE UPEV Empty COMUNICADO DE UPEV

Mensaje por duarifa Miér Mar 18, 2020 1:31 pm

COMUNICADO UPEV
El ministerio de sanidad y desde la dirección general de tabaquismo ha respondido a nuestra solicitud respecto a la apertura de las tiendas de vapeo en los siguientes términos
Desde Upev de forma casi inmediata hemos enviado la nota de prensa que aparece en el enlace y paralelamente hemos solicitado a la dirección general de sanidad el permiso de apertura en los términos que se exponen en la nota de prensa
Buenas tardes:
Tal y como establece la Exposición de Motivos del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19: “las medidas previstas en la presente norma se encuadran en la acción decidida del Gobierno para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública. Las medidas temporales de carácter extraordinario que ya se han adoptado por todos los niveles de gobierno deben ahora intensificarse sin demora para prevenir y contener el virus y mitigar el impacto sanitario, social y económico”.
Por su parte, artículo 7.1 del Real Decreto 463/2020 señala:
“Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada”.
Además, el artículo 10.1 del Real Decreto anteriormente reseñado establece:
“Se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, peluquerías, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías y lavanderías. Se suspende cualquier otra actividad o establecimiento que a juicio de la autoridad competente pueda suponer un riesgo de contagio”.
Teniendo en cuenta lo anterior y puesto que las tiendas de productos de vapeo, cigarrillos electrónicos o cualesquiera otros análogos no se encuentran entre los locales de apertura permitida, se debe interpretar que dichos locales no pueden permanecer abiertos al público mientras se encuentre en vigor el estado de alarma en territorio español.
En relación a la venta a distancia, podrá realizarse respetando las medidas sanitarias acordadas a nivel estatal y autonómico, siempre y cuando la venta se realice respecto de productos que no tengan la consideración de productos del tabaco, de conformidad con el artículo 3.6 de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Desde el Ministerio de Sanidad apelamos a su responsabilidad y al debido cumplimiento de las normas.
Reciban un cordial saludo.
duarifa
duarifa
Moderador
Moderador

Mensajes : 691
Fecha de inscripción : 19/11/2018
Edad : 55
Localización : canarias

https://www.youtube.com/channel/UCa4FKpbB1IC5LjGkt-q5Eeg?view_as

Volver arriba Ir abajo

COMUNICADO DE UPEV Empty Re: COMUNICADO DE UPEV

Mensaje por ann Miér Mar 18, 2020 7:17 pm

Normal, la mayoría son productos originarios de China, si vinieran de Arabia Saudí no habría problema.
avatar
ann
Colaborador
Colaborador

Mensajes : 227
Fecha de inscripción : 25/11/2018

Volver arriba Ir abajo

Volver arriba

- Temas similares

 
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.